El artículo 27 del Decreto No. 19-2013 traslada para el año 2015 la vigencia de las “Normas Especiales de Valoración entre Partes Relacionadas”. Sin embargo, incluye que no obstante lo anterior, a partir de 21 de diciembre de 2013, la Administración Tributaria podrá requerir información respecto al contenido del Capítulo VI de la Ley de Actualización Tributaria, para formar las bases de datos necesarias.
Por lo anterior, la SAT está requiriendo esta información a los Contribuyentes que en su formulario de Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre la Renta, consignaron en la parte de “Información Financiera” que “SI tengo partes relacionadas en el extranjero y si realicé operaciones con ellas”. Recordemos que el formulario es una declaración jurada y consignar algo que no corresponde hace incurrir en perjurio, lo cual se sanciona incluso con cárcel para el Representante Legal.
El cuestionario enviado por la SAT solicita información respecto a lo siguiente:
1. El Contribuyente.
2. El Grupo Empresarial.
3. De los Accionistas.
4. Partes Relacionadas.
5. Ingresos con Partes Relacionadas.
6. Gastos con Partes Relacionadas.
En la sección de ingresos y gastos con Partes Relacionadas, solicita que se selecciones el Método de Precios de Transferencia que le corresponda. Esto es notoriamente técnico, pero la respuesta no es vinculante. De tal forma que solo los Contribuyentes que ya cuentan con un Estudio de Precios de Transferencia pueden responder con la necesaria base técnica.
Todo lo anterior, refuerza la necesidad de definir “Políticas de Precios de Transferencia” por cada contribuyente.
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